"Cualquier alumno o grupo de alumnos que
hagan Bullying a sus compañeros pueden ser denunciados, procesados e inclusive Internados hasta por 6 años por los delitos de Amenazar insultar, amedrentar u hostigar de manera verbal, física y psicológica, así como también por golpear a sus compañeros de clases.
Según el Ministerio del Interior, Justicia y Paz, los agresores también recibirán sanciones a través de medidas socio-educativas como prestación de servicios a la comunidad, entre otros".
MEDIDA
La supervisora de la Dirección de Asistencia Legal y Defensa de Víctimas, explicó: que el proceso se inicia con lo siguiente:
1-Denuncia del padre de la víctima por Bullying, ante un Fiscal de Familia que investigará.
2- De ser culpable algún NNA (Niño, Niña y Adolescentes), las medidas sancionatorias socio-educativas, según el grado de la infracción, son:
*Libertad asistida, es decir, un educador orienta y supervisa al menor infractor y a su familia por un tiempo de hasta (08) ocho meses.
*Aplicación de "libertad restringida", donde el menor y sus padres irán a diario al Servicio de Orientación al Adolescente (SOA) por un lapso de hasta doce (12) meses.
*También puede prestar o realizar servicios a la comunidad hasta por (06) seis meses.
*Los menores con problemas severos de conducta, serán internados en un centro de rehabilitación hasta por seis (06) años.
Las sanciones por Bullying, quedarán en el registro judicial del menor y en futuros procesos, pueden incidir en su contra.
REGLAMENTO:
El acoso escolar se manifiesta también a través del maltrato que recibe un NNA, por medio de insultos, amenazas o agresiones o en su defecto por correo electrónico, redes sociales, grafitis, entre otros.
El objetivo del mismo es crear conciencia en los niños/niñas y adolescentes, de los factores de riesgo que pueden sufrir cuando se presenta situaciones como actos premeditados con el fin de provocar daño o agredir a otro compañero.
Igualmente, el Acoso Escolar afecta a todas las comunidades educativas; y deteriora la convivencia entre ellos, y trae consecuencias negativas en el bienestar y desarrollo de los niños niñas y adolescentes.
Así mismo, la Asamblea Nacional ya aprobó en primera discusión la Ley Anti Bullying, Acoso y Violencia Escolar.
Es deber ineludible del personal directivo, docente y demás miembros de un centro educativo, al observar un caso de bullying, registrarlo en el libro de novedades e incidencias del aula o plantel, notificarlo para que se trate oportuna y debidamente con las medidas correctivas”.
(Decreto de Ley N°29719)
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